Un análisis realizado por 4DLegal de distintas fuentes revela la magnitud del déficit normativo en el tejido empresarial
¿Cumplen las empresas españolas todas las obligaciones legales que les exige la normativa vigente? La respuesta, según la evidencia disponible, es clara: la gran mayoría no lo hace. Aunque no existe un dato oficial único que cuantifique el nivel global de incumplimiento, la revisión de múltiples estudios y encuestas permite estimar que entre un 80 % y un 85 % de las compañías incumplen, al menos, una obligación normativa relevante.
Falta de un dato oficial
Ni el Instituto Nacional de Estadística (INE), ni el Ministerio de Trabajo, ni la Agencia Tributaria publican cifras agregadas sobre el grado de cumplimiento empresarial. Cada organismo mide variables concretas —sanciones laborales, infracciones de datos personales, planes de igualdad registrados—, pero no existe una radiografía única del “cumplimiento integral”.
Ante esa carencia, este artículo propone un ejercicio de cruce de datos que, aunque estimativo, se apoya en fuentes sólidas y recientes.
Datos que hablan por sí solos
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- – Compliance corporativo: Según Grant Thornton, solo 1 de cada 10 empresas españolas cuenta con un sistema de compliance completo, lo que deja al 90 % en una situación de vulnerabilidad normativa (Grant Thornton, 2020).
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- – Función de compliance parcial: El estudio de ASCOM señala que únicamente el 62,1 % de las empresas con más de 200 empleados tienen una función específica de compliance; el resto (37,9 %) no la tienen implantada ni prevista a corto plazo (ASCOM, 2023).
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- – Protección de datos: Dos tercios de las empresas europeas no están seguras de cumplir plenamente con el RGPD (Usercentrics, 2025). Otra encuesta (RSM) reveló que cerca del 30 % de las empresas europeas admiten directamente no cumplir con esta normativa (Usercentrics, 2025; RSM Global).
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- – Comercio electrónico: El 80% de los comercios electrónicos españoles incumple alguna de las normativas vigentes de comercio electrónico (El Mundo Financiero; 2022).
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- – Igualdad: El Ministerio de Trabajo informó que solo el 68 % de las empresas de entre 50 y 250 empleados cuenta con un plan de igualdad vigente, pese a ser obligatorio, lo que supone un incumplimiento del 32 % (Miñán Beltrán, 2023).
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- – Sostenibilidad (CSRD): Un estudio europeo advierte que hasta el 50 % de las empresas está en riesgo de no cumplir con la nueva Directiva de Informes de Sostenibilidad (CSRD) (Funds Europe, 2024).
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- – Percepción de incumplimiento generalizado: Según noyb, el 74 % de los profesionales de protección de datos creen que en una auditoría se encontrarían violaciones relevantes en una empresa “típica” (noyb.eu, 2024).
Cómo se calcula el porcentaje
Para estimar el porcentaje de empresas que incumplen al menos una obligación, se han cruzado estos datos:
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- – Indicador base: 90 % de empresas carecen de un sistema completo de compliance (Grant Thornton).
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- – Incumplimientos específicos:
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- -50 % (protección de datos, media entre Usercentrics y RSM).
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- -32 % (planes de igualdad).
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- -50 % (riesgo de incumplimiento CSRD).
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- -25 % (deficiencias en compliance laboral y sanciones de inspección).
Suma simple = 157 %.
- -25 % (deficiencias en compliance laboral y sanciones de inspección).
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- – Corrección por solapamientos: muchas empresas incumplen en varias áreas a la vez. Aplicamos un factor del 30 %, lo que reduce la suma a ~110 %.
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- – Estimación final: se toma el rango entre el 90 % (indicador base) y el 110 % (ajustado), resultando en ~80-85 % de empresas incumplidoras.
Conclusión
La conclusión es clara: ocho de cada diez empresas españolas incumplen al menos una obligación normativa de calado. No se trata de un dato oficial, sino de una estimación razonada a partir de estudios sectoriales y europeos. La diversidad de fuentes —desde igualdad laboral hasta protección de datos y sostenibilidad— apunta en la misma dirección: el cumplimiento integral es aún una excepción.
La consecuencia práctica es doble: las administraciones reforzarán la supervisión y las empresas deben interiorizar que el cumplimiento no es opcional, sino una condición básica para competir en un mercado cada vez más regulado.