Planes de igualdad para empresas

Comprometidos con la igualdad, forjando un futuro equitativo

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Asesoramiento sobre planes de igualdad

En 4DLegal: Consultora de Compliance, entendemos la importancia de fomentar un entorno laboral inclusivo y equitativo. Es por eso que ofrecemos un servicio especializado en la elaboración y aplicación de planes de igualdad, diseñado para ayudar a empresas como la tuya a cumplir con las normativas legales y promover la diversidad en el lugar de trabajo.

Nuestro equipo de expertos legales en igualdad de género está preparado para asesorarte en cada etapa del proceso de implementación del plan de igualdad. Desde la evaluación inicial de la situación de tu empresa hasta la elaboración de medidas concretas para promover la igualdad de oportunidades, nos aseguramos de que tu empresa cumpla con la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y otras leyes locales pertinentes. Con nuestra ayuda, puedes estar seguro de que tu negocio opera dentro de los límites legales y promueve un ambiente de trabajo inclusivo y respetuoso.

Además de ofrecer asesoramiento legal sólido, también proporcionamos servicios de formación especializada para tu personal, promoviendo una cultura organizacional centrada en la igualdad de género. No permitas que la desigualdad de género afecte la reputación y la productividad de tu empresa. Confía en nuestra consultora de compliance para gestionar de manera efectiva y profesional la implementación del plan de igualdad en tu empresa. 

Servicios que ofrecemos de planes de igualdad:

La obligatoriedad de un Plan de Igualdad

La obligatoriedad de elaborar un Planes de igualdad para empresas en la empresa puede darse en tres supuestos:

  1. Las empresas que tengan una plantilla mínima, de acuerdo con los siguientes plazos de aplicación paulatina:
    • Desde el 7 de marzo de 2020, ya deben tener aprobado los planes de igualdad las empresas que tengan entre 151 y 250 personas trabajadoras.
    • A partir del 7 de marzo de 2021, deben tener aprobado los planes de igualdad las empresas que tengan entre 101 y 150 personas trabajadoras.
    • A partir del 7 de marzo de 2022, deben tener aprobado los planes de igualdad las empresas que tengan entre 50 y 100 personas trabajadoras.
  2. Cuando se establezca tal obligación por el convenio colectivo aplicable.
  3. Cuando la autoridad laboral hubiera acordado en un procedimiento sancionador la sustitución de las sanciones accesorias por la elaboración y aplicación de dicho plan.

Sanciones por no tener un Plan de Igualdad

Las sanciones del Plan de Igualdad incluidas en el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), en el que se establecen sanciones económicas que pueden alcanzar hasta 225.018 €.

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