Canal de Denuncias: Obligaciones legales y claves para una implementación eficaz

En 4DLegal, consultora especializada en cumplimiento normativo y protección de datos, consideramos que establecer un canal de denuncias interno no solo es una exigencia legal, sino una herramienta esencial para consolidar una cultura de ética, transparencia y prevención dentro de cualquier organización.

Este mecanismo —también conocido como canal ético o sistema interno de información— permite que empleados, colaboradores y terceros puedan comunicar de forma confidencial y segura conductas irregulares o infracciones legales detectadas en el ámbito profesional.

¿Qué ley regula el canal de denuncias en España?

La Ley 2/2023, de 20 de febrero, regula la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y lucha contra la corrupción. Esta norma da cumplimiento a la Directiva (UE) 2019/1937, también conocida como la Directiva Whistleblowing, y establece un marco legal claro para implantar y gestionar canales internos de denuncia en empresas y entidades públicas.

El principal objetivo de esta ley es doble:

  1. Proteger al informante frente a represalias, garantizando su anonimato y seguridad jurídica.
  2. Dotar a las organizaciones de herramientas eficaces y confidenciales para canalizar y tratar informaciones sobre posibles irregularidades.

La ley exige que las entidades afectadas implementen un Sistema Interno de Información que garantice:

  • Confidencialidad
  • Imparcialidad
  • Protección de datos
  • Investigación adecuada y diligente

El incumplimiento de estas obligaciones puede conllevar sanciones de hasta 1.000.000 €, tanto por no disponer del canal como por utilizarlo de forma inadecuada o tomar represalias contra informantes.

¿Qué empresas están obligadas a tener un canal de denuncias?

En el sector privado, están obligadas a implementar un canal:

  • Las empresas con 50 o más trabajadores.
  • Las entidades que operan en sectores sensibles o regulados (financiero, seguros, prevención de blanqueo, etc.).
  • Aquellas que gestionan o reciben fondos públicos, bajo determinadas condiciones.

En el sector público, deben implantar el canal:

  • Todas las Administraciones Públicas (estatal, autonómica y local).
  • Organismos autónomos, agencias y entidades dependientes de entes públicos.
  • Universidades públicas, colegios profesionales y corporaciones de derecho público.
  • Entidades del sector público institucional con mayoría de capital público o funciones públicas.

¿Cómo implantar un canal de denuncias conforme a la Ley 2/2023?

En 4DLegal ayudamos a nuestros clientes a implantar canales de denuncia eficaces, adaptados a su estructura y en cumplimiento con todos los requisitos legales y técnicos. Para ello, seguimos estos principios:

1. Confidencialidad y anonimato

El canal debe proteger la identidad del denunciante y de cualquier persona mencionada, incluso si se presenta una denuncia anónima. Esto requiere el uso de plataformas seguras y la gestión independiente del sistema.

2. Accesibilidad y transparencia

El canal debe ser fácilmente accesible para todos los empleados y terceros vinculados. Es fundamental contar con una política interna clara, que explique su funcionamiento, derechos de los usuarios y plazos del proceso.

3. Responsable del canal

Debe designarse una persona o unidad responsable del Sistema Interno de Información, con independencia y capacidad para recibir, evaluar y resolver las denuncias conforme a la legalidad.

4. Protección de datos personales

Todo el tratamiento de la información recogida debe cumplir con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la LOPDGDD, respetando principios como la minimización, confidencialidad, proporcionalidad y conservación segura.

5. Formación y cultura de cumplimiento

La eficacia del canal depende de que exista una cultura real de cumplimiento. Por ello, recomendamos implementar programas de formación y sensibilización para fomentar su uso responsable y sin temor a represalias.

Consecuencias del incumplimiento

La Ley 2/2023 establece un régimen sancionador con multas que pueden alcanzar los 600.000 € para personas físicas y hasta 1.000.000 € para empresas u organismos, en casos de:

  • No implantar un canal de denuncias obligatorio.
  • Incumplir la confidencialidad o anonimato del denunciante.
  • Obstruir las investigaciones internas.
  • Tomar represalias contra los informantes.

Además del riesgo económico, no contar con un canal conforme puede dañar gravemente la reputación de la empresa y aumentar el riesgo legal en procesos administrativos o penales.

La implantación de un canal de denuncias no es solo una obligación legal: es una medida estratégica para prevenir riesgos legales, mejorar la gobernanza y reforzar la confianza en la organización.

Desde 4DLegal, asesoramos a empresas y entidades públicas en todas las fases de implantación del canal de denuncias:

  • Diseño jurídico y técnico del sistema
  • Redacción de políticas internas
  • Selección de herramientas seguras
  • Formación y acompañamiento continuo

En un entorno cada vez más exigente en materia de cumplimiento normativo, actuar con proactividad y responsabilidad ya no es una opción, sino una necesidad.

Contacta con nosotros y nuestro equipo experto te ayudará a cumplir con la Ley 2/2023 de forma segura, eficaz y ajustada a las necesidades de tu organización.