El Esquema Nacional de Seguridad (ENS) no es solo un marco técnico-jurídico para proteger la información: es una obligación normativa que puede implicar sanciones, condicionantes contractuales o incluso pérdida de oportunidades si no se cumple. Cada vez más entidades, tanto públicas como privadas, se enfrentan a la pregunta: ¿estamos obligados a cumplir con el ENS?
Saber si tu organización entra dentro del ámbito de aplicación del ENS es esencial para evitar incumplimientos normativos, proteger los datos e infraestructuras críticas y garantizar relaciones seguras y duraderas con la administración pública.
¿Qué dice la normativa? Fundamento legal del ENS
El marco legal del ENS se regula a través del Real Decreto 311/2022, que sustituye y actualiza al anterior RD 3/2010. Esta normativa establece los principios y requisitos mínimos para garantizar la seguridad de la información manejada por los sistemas que dan soporte a la administración electrónica.
El ENS afecta principalmente a:
- Entidades del sector público.
- Empresas del sector privado que prestan servicios a la administración.
- Organizaciones que manejan infraestructuras críticas o información clasificada o sensible.
El Real Decreto no solo establece obligaciones técnicas, sino también responsabilidades jurídicas en términos de seguridad y cumplimiento. Por eso, su correcta interpretación es clave.
Además, conviene aclarar tres conceptos que aparecen frecuentemente en la normativa:
- Sector público: abarca la Administración General del Estado, comunidades autónomas, entidades locales, organismos públicos y entes vinculados o dependientes de estas.
- Prestadores de servicios TIC: empresas privadas que proporcionan soluciones tecnológicas, infraestructuras o servicios digitales a las entidades públicas.
- Operadores privados con interés público: organizaciones del sector privado que, sin ser parte del sector público, participan en actividades estratégicas o sensibles para el Estado (como energía, salud, finanzas o transporte).
Organismos y entidades obligadas a cumplir el ENS
A continuación, se describen los principales perfiles organizacionales que están legalmente obligados a implementar el Esquema Nacional de Seguridad. Esta categorización te ayudará a identificar fácilmente si tu entidad se encuentra dentro del ámbito de aplicación.
a) Administración pública
Todas las entidades del sector público deben cumplir con el ENS. Esto incluye:
- Administración General del Estado (AGE): ministerios, agencias estatales, delegaciones del gobierno, etc.
- Administraciones autonómicas y locales: gobiernos regionales, diputaciones, ayuntamientos y sus organismos dependientes.
- Universidades públicas, fundaciones y organismos vinculados: cualquier institución con financiación pública que gestione información o sistemas tecnológicos.
Estas entidades están obligadas a adoptar medidas de seguridad conforme a los principios y requisitos establecidos por el ENS, sin excepción.
b) Empresas tecnológicas que prestan servicios a la administración
No solo el sector público está obligado: cualquier empresa que preste servicios relacionados con sistemas de información a una administración pública debe también cumplir con el ENS. Esto incluye:
- Consultoras TIC, proveedores de software, plataformas cloud, desarrolladores, empresas de ciberseguridad.
- Subcontratistas que manejan información sensible o sistemas públicos.
Por ejemplo, si tu empresa desarrolla una aplicación para un ayuntamiento, gestiona servidores para una consejería autonómica o aloja datos de un organismo público, el cumplimiento del ENS será una exigencia contractual directa o indirecta.
c) Empresas privadas con sistemas o datos de interés para el Estado
Existe un tercer grupo de empresas que, sin formar parte de la administración ni proveer servicios directos, pueden estar obligadas por su actividad crítica o estratégica. Hablamos de:
- Empresas del sector energético, financiero, sanitario, logístico o transporte que colaboran con el sector público o están sujetas a marcos regulatorios específicos.
- Organizaciones incluidas en el ámbito del ENS por normativa sectorial, acuerdos con administraciones o por el tipo de información que manejan.
En estos casos, la obligación puede derivarse de convenios, licitaciones o contratos con la administración en los que se exige expresamente el cumplimiento del ENS.
¿Y si no estás obligado… deberías aplicarlo igualmente?
Aunque no todas las empresas están obligadas por ley a adoptar el ENS, cada vez son más las que lo hacen de forma voluntaria como parte de su estrategia de ciberseguridad y posicionamiento competitivo.
Implementar el ENS de forma proactiva permite:
- Adoptar un marco sólido y reconocido de seguridad de la información.
- Mejorar la reputación ante clientes públicos y privados.
- Estar preparado para futuras licitaciones que exijan esta certificación.
- Fortalecer la resiliencia ante ciberataques y pérdida de datos.
En 4D Legal, hemos visto cómo empresas privadas han optado por el ENS para demostrar un compromiso serio con la seguridad digital, sin esperar a que sea obligatorio. Si te interesa conocer las ventajas más allá del cumplimiento legal, te invitamos a leer nuestro artículo sobre los beneficios de implementar ENS.
Cómo saber si tu empresa debe cumplir con el ENS
Identificar si estás dentro del ámbito de aplicación del ENS no siempre es evidente, sobre todo cuando los contratos con la administración son indirectos, a través de terceros o involucran servicios tecnológicos.
Aquí tienes algunas preguntas clave que pueden orientarte:
- ¿Eres proveedor de servicios a un ayuntamiento, universidad o consejería autonómica?
- ¿Tu contrato con un organismo público incluye cláusulas sobre cumplimiento normativo en materia de seguridad?
- ¿Gestionas infraestructuras o datos que son esenciales para un servicio público?
- ¿Has recibido requisitos en licitaciones que hacen referencia al ENS o a estándares de seguridad de la información?
Si la respuesta es afirmativa en alguno de estos casos, es probable que el cumplimiento del ENS no sea opcional. Incluso si no existe aún una obligación formal, anticiparse puede marcar la diferencia en futuras oportunidades de negocio.
La normativa no deja lugar a dudas: el ENS no es solo una opción, sino una exigencia legal para muchas organizaciones, y una oportunidad estratégica para aquellas que buscan reforzar su seguridad y su relación con el sector público.
Por eso, recomendamos realizar un análisis individualizado que permita identificar si tu organización debe cumplir con el ENS, en qué nivel, y qué medidas deben aplicarse.
En 4D Legal te acompañamos en la obtención de la certificación ENS, con un servicio experto y adaptado a tu realidad. Conoce cómo podemos ayudarte a cumplir con el ENS de forma práctica, ágil y segura.