La clave para una gestión de datos segura
Las empresas que tienen la obligación de contar con un Delegado de Protección de Datos son las que:
En caso de incumplimiento, las sanciones pueden variar en gravedad, desde multas leves que oscilan entre 626 y 6.250 euros hasta multas muy graves que pueden llegar hasta los 600.000 euros. Nuestro objetivo es guiar a las empresas en la adecuación a estas normativas, mitigando riesgos y asegurando el respeto a la privacidad y seguridad de los datos.
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Resolvemos las dudas más habituales sobre quién está obligado a designar un DPO, qué funciones tiene y cómo contratarlo de forma externa.
El DPO es la figura encargada de supervisar el cumplimiento del RGPD dentro de una organización. Sus funciones incluyen informar y asesorar al responsable del tratamiento, supervisar el cumplimiento normativo, actuar como punto de contacto con la AEPD y cooperar con la autoridad de control en caso de inspección.
Son obligados los organismos públicos, empresas que traten a gran escala categorías especiales de datos (salud, ideología, origen étnico), y empresas cuya actividad principal implique observación habitual y sistemática de interesados. La LOPDGDD amplía la obligación en España a colegios profesionales, entidades financieras, aseguradoras, centros sanitarios y operadores de telecomunicaciones.
El RGPD permite ambas opciones. El DPO externo ofrece mayor independencia, experiencia multisectorial y coste más reducido que un perfil interno a jornada completa. 4DLegal presta el servicio de DPO externo asumiendo todas las responsabilidades que establece la normativa.
La ausencia de DPO cuando es obligatorio constituye una infracción sancionable con multas de hasta 10 millones de euros o el 2% de la facturación anual global. La AEPD puede requerir su designación inmediata e iniciar un procedimiento sancionador.
El RGPD garantiza que el DPO no puede recibir instrucciones de la dirección en el ejercicio de sus funciones, ni ser destituido ni sancionado por ejercerlas. Debe tener acceso directo a la alta dirección, lo que hace que muchas empresas opten por un DPO externo por su independencia natural.
Los datos de contacto del DPO deben comunicarse a la AEPD y publicarse en la política de privacidad de la empresa. El DPO debe estar disponible como punto de contacto tanto para los interesados que ejerzan sus derechos como para la propia AEPD.
El coste varía en función del tamaño de la empresa, el volumen y tipología de datos tratados y la complejidad regulatoria del sector. Contacta con 4DLegal para obtener un presupuesto personalizado sin compromiso.