En 4DLegal, consultora especializada en cumplimiento normativo y protección de datos, consideramos que establecer un canal de denuncias interno no solo es una exigencia legal, sino una herramienta esencial para consolidar una cultura de ética, transparencia y prevención dentro de cualquier organización.
Este mecanismo —también conocido como canal ético o sistema interno de información— permite que empleados, colaboradores y terceros puedan comunicar de forma confidencial y segura conductas irregulares o infracciones legales detectadas en el ámbito profesional.
¿Qué ley regula el canal de denuncias en España?
La Ley 2/2023, de 20 de febrero, regula la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y lucha contra la corrupción. Esta norma da cumplimiento a la Directiva (UE) 2019/1937, también conocida como la Directiva Whistleblowing, y establece un marco legal claro para implantar y gestionar canales internos de denuncia en empresas y entidades públicas.
El principal objetivo de esta ley es doble:
- Proteger al informante frente a represalias, garantizando su anonimato y seguridad jurídica.
- Dotar a las organizaciones de herramientas eficaces y confidenciales para canalizar y tratar informaciones sobre posibles irregularidades.
La ley exige que las entidades afectadas implementen un Sistema Interno de Información que garantice:
- Confidencialidad
- Imparcialidad
- Protección de datos
- Investigación adecuada y diligente
El incumplimiento de estas obligaciones puede conllevar sanciones de hasta 1.000.000 €, tanto por no disponer del canal como por utilizarlo de forma inadecuada o tomar represalias contra informantes.
¿Qué empresas están obligadas a tener un canal de denuncias?
En el sector privado, están obligadas a implementar un canal:
- Las empresas con 50 o más trabajadores.
- Las entidades que operan en sectores sensibles o regulados (financiero, seguros, prevención de blanqueo, etc.).
- Aquellas que gestionan o reciben fondos públicos, bajo determinadas condiciones.
En el sector público, deben implantar el canal:
- Todas las Administraciones Públicas (estatal, autonómica y local).
- Organismos autónomos, agencias y entidades dependientes de entes públicos.
- Universidades públicas, colegios profesionales y corporaciones de derecho público.
- Entidades del sector público institucional con mayoría de capital público o funciones públicas.
¿Cómo implantar un canal de denuncias conforme a la Ley 2/2023?
En 4DLegal ayudamos a nuestros clientes a implantar canales de denuncia eficaces, adaptados a su estructura y en cumplimiento con todos los requisitos legales y técnicos. Para ello, seguimos estos principios:
1. Confidencialidad y anonimato
El canal debe proteger la identidad del denunciante y de cualquier persona mencionada, incluso si se presenta una denuncia anónima. Esto requiere el uso de plataformas seguras y la gestión independiente del sistema.
2. Accesibilidad y transparencia
El canal debe ser fácilmente accesible para todos los empleados y terceros vinculados. Es fundamental contar con una política interna clara, que explique su funcionamiento, derechos de los usuarios y plazos del proceso.
3. Responsable del canal
Debe designarse una persona o unidad responsable del Sistema Interno de Información, con independencia y capacidad para recibir, evaluar y resolver las denuncias conforme a la legalidad.
4. Protección de datos personales
Todo el tratamiento de la información recogida debe cumplir con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la LOPDGDD, respetando principios como la minimización, confidencialidad, proporcionalidad y conservación segura.
5. Formación y cultura de cumplimiento
La eficacia del canal depende de que exista una cultura real de cumplimiento. Por ello, recomendamos implementar programas de formación y sensibilización para fomentar su uso responsable y sin temor a represalias.
Consecuencias del incumplimiento
La Ley 2/2023 establece un régimen sancionador con multas que pueden alcanzar los 600.000 € para personas físicas y hasta 1.000.000 € para empresas u organismos, en casos de:
- No implantar un canal de denuncias obligatorio.
- Incumplir la confidencialidad o anonimato del denunciante.
- Obstruir las investigaciones internas.
- Tomar represalias contra los informantes.
Además del riesgo económico, no contar con un canal conforme puede dañar gravemente la reputación de la empresa y aumentar el riesgo legal en procesos administrativos o penales.
La implantación de un canal de denuncias no es solo una obligación legal: es una medida estratégica para prevenir riesgos legales, mejorar la gobernanza y reforzar la confianza en la organización.
Desde 4DLegal, asesoramos a empresas y entidades públicas en todas las fases de implantación del canal de denuncias:
- Diseño jurídico y técnico del sistema
- Redacción de políticas internas
- Selección de herramientas seguras
- Formación y acompañamiento continuo
En un entorno cada vez más exigente en materia de cumplimiento normativo, actuar con proactividad y responsabilidad ya no es una opción, sino una necesidad.
Contacta con nosotros y nuestro equipo experto te ayudará a cumplir con la Ley 2/2023 de forma segura, eficaz y ajustada a las necesidades de tu organización.