Auditoría retributiva en Santander

Realizamos auditorías retributivas en Santander para cumplir la normativa de igualdad salarial.

Auditoría salarial en Santander

La auditoría retributiva es una herramienta clave para garantizar la igualdad salarial y el cumplimiento normativo en las empresas. El Real Decreto 902/2020 obliga a las organizaciones de más de 50 personas trabajadoras a analizar su sistema retributivo de forma detallada.
En 4D Legal desarrollamos auditorías retributivas en Santander mediante un análisis exhaustivo de salarios, complementos y criterios de clasificación profesional. Este proceso permite identificar diferencias salariales y valorar su justificación objetiva.
El informe resultante aporta seguridad jurídica, facilita el cumplimiento legal y refuerza la transparencia en la gestión salarial de la empresa.

Qué incluye nuestra Auditoría Retributiva

Nuestra auditoría retributiva está 100% alineada con el Real Decreto 902/2020 e incluye:

Beneficios destacados de realizar una Auditoría Retributiva

  • Cumplimiento normativo laboral: evita sanciones de Inspección de Trabajo y demuestra transparencia retributiva.
  • Detección real de brecha salarial: análisis técnico riguroso basado en criterios jurídicos y estadísticos.
  • Informes claros y defendibles: elaborados por abogados expertos en laboral y compliance.
  • Acompañamiento integral: desde el análisis hasta la implantación del plan de medidas.
  • Metodología rápida y eficiente que reduce tiempos y minimiza carga interna de RRHH.

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Preguntas frecuentes

Todo lo que necesitas saber sobre la Auditoría Retributiva

Resolvemos las dudas más habituales sobre la obligación de realizar una auditoría retributiva, qué analiza y cómo contribuye a corregir la brecha salarial de género.

La auditoría retributiva es el análisis que permite obtener información sobre el valor de los puestos de trabajo de la empresa y la retribución percibida por hombres y mujeres en cada uno de ellos. Su finalidad es detectar, corregir y prevenir situaciones de discriminación retributiva por razón de sexo. Es un elemento obligatorio del Plan de Igualdad para las empresas de 50 o más trabajadores.

Están obligadas todas las empresas con 50 o más trabajadores que deben tener Plan de Igualdad, conforme al Real Decreto 902/2020 de igualdad retributiva entre mujeres y hombres. La auditoría retributiva debe incorporarse al Plan de Igualdad y renovarse en cada revisión del mismo.

La auditoría retributiva debe analizar: la retribución media de hombres y mujeres desagregada por grupos profesionales, categorías y puestos de trabajo, los factores que pueden estar generando diferencias retributivas (antigüedad, complementos, horas extra, plus de nocturnidad, etc.), si dichas diferencias están justificadas objetivamente o constituyen discriminación, y las medidas correctoras necesarias para eliminar las diferencias injustificadas.

El principio de igual retribución por trabajo de igual valor, recogido en el artículo 28 del Estatuto de los Trabajadores, obliga a la empresa a pagar el mismo salario a hombres y mujeres que realicen trabajos de igual valor, entendiendo por tal los que requieren las mismas aptitudes, formación, esfuerzo y responsabilidad, con independencia de que tengan la misma denominación o categoría profesional.

El Registro Retributivo es el documento en el que la empresa debe registrar los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales, desagregados por sexo y por grupos profesionales, categorías y puestos de trabajo. Es obligatorio para todas las empresas con independencia de su tamaño. La auditoría retributiva es un análisis más profundo que se realiza a partir de los datos del registro y que es obligatorio solo para empresas con Plan de Igualdad.

Cuando la auditoría detecta diferencias retributivas no justificadas entre hombres y mujeres, la empresa está obligada a establecer un plan de corrección con medidas y plazos concretos para eliminarlas. La persistencia de discriminación retributiva puede dar lugar a reclamaciones individuales de las trabajadoras afectadas ante los juzgados de lo social, sanciones de la Inspección de Trabajo de hasta 6.250 euros por infracción grave, y daño reputacional significativo.

La auditoría retributiva tiene la misma vigencia que el Plan de Igualdad en el que se integra, con un máximo de cuatro años. Debe actualizarse en cada renovación del Plan de Igualdad y también cuando la Comisión de Seguimiento detecte cambios significativos en la estructura retributiva de la empresa que aconsejen una revisión anticipada.