Asesoría en prevención de blanqueo de capitales en Canarias
La importancia de prevenir el blanqueo de capitales es esencial para las empresas que operan en un entorno diverso y dinámico como Canarias. En 4DLegal, ofrecemos un servicio integral diseñado para garantizar el cumplimiento de la normativa vigente en la región, adaptándonos a las particularidades locales.
Nuestro equipo de expertos en cumplimiento normativo trabaja junto a las empresas en Canarias para identificar riesgos potenciales y diseñar estrategias personalizadas que protejan sus operaciones financieras. Desde auditorías hasta formación especializada, brindamos herramientas efectivas para prevenir actividades ilícitas.
Con una sólida experiencia en la prevención del blanqueo de capitales, ayudamos a empresas en Canarias a fortalecer su reputación y seguridad financiera, asegurando el cumplimiento de las normativas legales y consolidando la confianza de sus colaboradores y clientes.
Servicios de prevención de blanqueo de capitales:
Auditorias en blanqueo de capitales.
Evaluaciones de riesgos.
Elaborar políticas y procedimientos.
Formación en prevención de blanqueo de capitales.
Diligencia debida.
Examen experto externo.
La obligatoriedad de aplicar medidas de prevención de blanqueo de capitales
Las empresas que están obligadas a adaptarse a las normativas de Prevención de Blanqueo de Capitales o AML (Anti-Money Laundering):
Fondos de inversión, sociedades de inversión de capital, entre otros.
Entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito e inversión
Entidades aseguradoras y reaseguradoras.
Profesionales (abogados, notarios, etc.) sujetos a prevención de blanqueo de capitales
Comerciantes de joyas, metales preciosos, obras de arte y/o antigüedades
Empresas inmobiliarias o de compraventa de inmuebles
Actividades relacionadas con los juegos de azar (loterías, casino, etc)
Fundaciones y Asociaciones
Sanciones por no implementar prevención de blanqueo de capitales
Sanciones leves: Puede llegar hasta los 60.000€ Sanciones graves: Pueden acarrear de sanciones mínimas de 60.000 euros que pueden ascender hasta representar el 10% de los recursos totales de la entidad en caso de ser una organización empresarial Sanciones muy graves: Pueden acarrear de sanciones mínimas de 150.000€ y cuyo importe máximo puede incrementarse hasta el 10% del total de los recursos propios del sujeto obligado
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