Consultoría de de prevención de blanqueo de capitales en Mallorca
Mallorca, con su vibrante actividad económica y turística, requiere que las empresas cumplan rigurosamente con las normativas de prevención de blanqueo de capitales. En 4DLegal, ofrecemos soluciones integrales adaptadas a las particularidades del mercado mallorquín, asegurando la transparencia en tus operaciones financieras.
Nuestro equipo se especializa en realizar evaluaciones de riesgos, auditorías y la creación de políticas internas que refuercen tu compromiso con la ética empresarial. Además, proporcionamos formación a medida para que tu personal esté preparado para identificar y prevenir posibles actividades sospechosas.
En Mallorca, trabajamos para proteger la integridad de las empresas y garantizar el cumplimiento de las normativas vigentes. Con nuestra experiencia, tu negocio puede fortalecer su posición en el mercado y operar con la tranquilidad de cumplir con todas las obligaciones legales.
Servicios de prevención de blanqueo de capitales:
Auditorias en blanqueo de capitales.
Evaluaciones de riesgos.
Elaborar políticas y procedimientos.
Formación en prevención de blanqueo de capitales.
Diligencia debida.
Examen experto externo.
La obligatoriedad de aplicar medidas de prevención de blanqueo de capitales
Las empresas que están obligadas a adaptarse a las normativas de Prevención de Blanqueo de Capitales o AML (Anti-Money Laundering):
Fondos de inversión, sociedades de inversión de capital, entre otros.
Entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito e inversión
Entidades aseguradoras y reaseguradoras.
Profesionales (abogados, notarios, etc.) sujetos a prevención de blanqueo de capitales
Comerciantes de joyas, metales preciosos, obras de arte y/o antigüedades
Empresas inmobiliarias o de compraventa de inmuebles
Actividades relacionadas con los juegos de azar (loterías, casino, etc)
Fundaciones y Asociaciones
Sanciones por no implementar prevención de blanqueo de capitales
Sanciones leves: Puede llegar hasta los 60.000€ Sanciones graves: Pueden acarrear de sanciones mínimas de 60.000 euros que pueden ascender hasta representar el 10% de los recursos totales de la entidad en caso de ser una organización empresarial Sanciones muy graves: Pueden acarrear de sanciones mínimas de 150.000€ y cuyo importe máximo puede incrementarse hasta el 10% del total de los recursos propios del sujeto obligado
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