Servicio de prevención de blanqueo de capitales en Alcorcón
La gestión adecuada de la prevención de blanqueo de capitales es una prioridad para las empresas en Alcorcón. En 4DLegal, ofrecemos soluciones que garantizan la legalidad y seguridad de tus operaciones financieras.
Nuestro equipo evalúa tus procesos internos en Alcorcón, diseñando políticas que cumplan con las normativas de prevención de blanqueo. Además, formamos a tus empleados para fomentar una cultura de cumplimiento dentro de la organización.
Con 4DLegal, tu empresa en Alcorcón estará preparada para enfrentar los retos legales y proteger su reputación. Nuestro enfoque personalizado asegura el cumplimiento normativo y la confianza en todas tus transacciones.
Servicios de prevención de blanqueo de capitales:
Auditorias en blanqueo de capitales.
Evaluaciones de riesgos.
Elaborar políticas y procedimientos.
Formación en prevención de blanqueo de capitales.
Diligencia debida.
Examen experto externo.
La obligatoriedad de aplicar medidas de prevención de blanqueo de capitales
Las empresas que están obligadas a adaptarse a las normativas de Prevención de Blanqueo de Capitales o AML (Anti-Money Laundering):
Fondos de inversión, sociedades de inversión de capital, entre otros.
Entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito e inversión
Entidades aseguradoras y reaseguradoras.
Profesionales (abogados, notarios, etc.) sujetos a prevención de blanqueo de capitales
Comerciantes de joyas, metales preciosos, obras de arte y/o antigüedades
Empresas inmobiliarias o de compraventa de inmuebles
Actividades relacionadas con los juegos de azar (loterías, casino, etc)
Fundaciones y Asociaciones
Sanciones por no implementar prevención de blanqueo de capitales
Sanciones leves: Puede llegar hasta los 60.000€ Sanciones graves: Pueden acarrear de sanciones mínimas de 60.000 euros que pueden ascender hasta representar el 10% de los recursos totales de la entidad en caso de ser una organización empresarial Sanciones muy graves: Pueden acarrear de sanciones mínimas de 150.000€ y cuyo importe máximo puede incrementarse hasta el 10% del total de los recursos propios del sujeto obligado
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