Servicio de prevención de blanqueo de capitales en Logroño
La ciudad de Logroño, conocida por su dinamismo empresarial, requiere de un compromiso firme con el cumplimiento normativo en materia de prevención de blanqueo de capitales. En 4DLegal, ofrecemos soluciones diseñadas específicamente para las empresas locales, garantizando la protección de sus activos y el cumplimiento de la normativa vigente.
Nuestro equipo de expertos en Logroño realiza evaluaciones de riesgos, auditorías y diseño de políticas personalizadas que aseguran la transparencia y seguridad de las operaciones financieras. Además, proporcionamos formación especializada a los equipos internos, fomentando una cultura de ética empresarial.
La implementación de medidas adecuadas no solo evita sanciones, sino que también fortalece la confianza en el mercado. En 4DLegal trabajamos para que las empresas de Logroño cumplan con los más altos estándares legales y éticos en sus actividades financieras.
Servicios de prevención de blanqueo de capitales:
Auditorias en blanqueo de capitales.
Evaluaciones de riesgos.
Elaborar políticas y procedimientos.
Formación en prevención de blanqueo de capitales.
Diligencia debida.
Examen experto externo.
La obligatoriedad de aplicar medidas de prevención de blanqueo de capitales
Las empresas que están obligadas a adaptarse a las normativas de Prevención de Blanqueo de Capitales o AML (Anti-Money Laundering):
Fondos de inversión, sociedades de inversión de capital, entre otros.
Entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito e inversión
Entidades aseguradoras y reaseguradoras.
Profesionales (abogados, notarios, etc.) sujetos a prevención de blanqueo de capitales
Comerciantes de joyas, metales preciosos, obras de arte y/o antigüedades
Empresas inmobiliarias o de compraventa de inmuebles
Actividades relacionadas con los juegos de azar (loterías, casino, etc)
Fundaciones y Asociaciones
Sanciones por no implementar prevención de blanqueo de capitales
Sanciones leves: Puede llegar hasta los 60.000€ Sanciones graves: Pueden acarrear de sanciones mínimas de 60.000 euros que pueden ascender hasta representar el 10% de los recursos totales de la entidad en caso de ser una organización empresarial Sanciones muy graves: Pueden acarrear de sanciones mínimas de 150.000€ y cuyo importe máximo puede incrementarse hasta el 10% del total de los recursos propios del sujeto obligado
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