Servicio de prevención de blanqueo de capitales en Gijón
En Gijón, la protección de los activos financieros y el cumplimiento normativo son prioritarios para las empresas. 4DLegal ofrece un servicio integral de prevención de blanqueo de capitales que incluye evaluaciones de riesgos y auditorías especializadas.
Desarrollamos programas adaptados a las características del mercado local, ayudando a las empresas de Gijón a gestionar sus operaciones con transparencia y seguridad. Nuestro equipo de expertos ofrece asesoramiento continuo para garantizar el cumplimiento legal.
Con nuestras soluciones, las empresas en Gijón pueden prevenir actividades sospechosas, proteger su reputación y reforzar su compromiso con la ética empresarial.
Servicios de prevención de blanqueo de capitales:
Auditorias en blanqueo de capitales.
Evaluaciones de riesgos.
Elaborar políticas y procedimientos.
Formación en prevención de blanqueo de capitales.
Diligencia debida.
Examen experto externo.
La obligatoriedad de aplicar medidas de prevención de blanqueo de capitales
Las empresas que están obligadas a adaptarse a las normativas de Prevención de Blanqueo de Capitales o AML (Anti-Money Laundering):
Fondos de inversión, sociedades de inversión de capital, entre otros.
Entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito e inversión
Entidades aseguradoras y reaseguradoras.
Profesionales (abogados, notarios, etc.) sujetos a prevención de blanqueo de capitales
Comerciantes de joyas, metales preciosos, obras de arte y/o antigüedades
Empresas inmobiliarias o de compraventa de inmuebles
Actividades relacionadas con los juegos de azar (loterías, casino, etc)
Fundaciones y Asociaciones
Sanciones por no implementar prevención de blanqueo de capitales
Sanciones leves: Puede llegar hasta los 60.000€ Sanciones graves: Pueden acarrear de sanciones mínimas de 60.000 euros que pueden ascender hasta representar el 10% de los recursos totales de la entidad en caso de ser una organización empresarial Sanciones muy graves: Pueden acarrear de sanciones mínimas de 150.000€ y cuyo importe máximo puede incrementarse hasta el 10% del total de los recursos propios del sujeto obligado
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